sábado, 24 de enero de 2015

MUNICIO ABOGADOS TE QUITA LA CLÁUSULA SUELO DE TU PRÉSTAMO EN CÁCERES

Especialistas en RECLAMACIONES BANCARIAS Y DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES. 
Despacho profesional:
C/ Santa Joaquina de Vedruna, nº 4, portal central, 4º J.
10001 - Cáceres
e-Mail: marcosmunicio@icac.es
Teléfono - fax: 927 21 44 82 
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Si es un afectado por las cláusulas suelo impuestas por la entidades financieras, consúltenos de manera gratuita y sin ningún tipo de compromiso su caso y le daremos nuestra opinión. ¡¡¡¡¡ACUDA YA Y DEJE DE PAGAR DE MÁS POR SU HIPOTECA!!!!!

CLÁUSULA SUELO: EL TRIBUNAL SUPREMO REITERA LA NULIDAD DE TODAS LAS CLÁUSULAS

El Tribunal Supremo ha confirmado su doctrina sobre las "cláusulas suelo". La nueva STS, de 8 de septiembre de 2014, sigue la línea ya marcada en 2013 y confirma la nulidad de todas las cláusulas suelo impuestas a los consumidores. Tras dicha Sentencia la anulación judicial de la cláusula no ofrece dudas, quedando como único requisito la necesidad de reclamación pues las entidades bancarias no suelen aceptar la eliminación de manera voluntaria. El coste de la reclamación puede calcularse aquí sin compromiso:

El planteamiento que realiza el Tribunal Supremo en su decisión supone confirmar que en ningún caso podrá un juez declarar su nulidad en todos los supestos. No todas las cláusulas suelo son iguales, pero ha exigido importantes requisitos de transparencia que, de acuerdo con nuestra experiencia, nos permiten afirmar que la gran mayoría podrán ser anuladas, máxime tras el Auto de aclaración de la Sentencia en el que llega incluso a afirmar que pueden ser nulas las cláusulas que no hayan causado perjuidio al afectado. La Sentencia, además, ha sido nuevamente confirmada por Auto de 19 de noviembre de 2013 que desestima en su totalidad el incidente de nulidad promovido por las entidades demandadas.

La falta de transparencia consiste en no facilitar la misma información sobre las condiciones relativas al tipo de interés y a la cláusula suelo. No es admisible que se publicite o negocie un tipo de interés "falso" que resulta modificado después por una cláusula suelo sobre la que no se ha informado adecuadamente. Además, los afectados no tendrán que probar la falta de información, corresponde a la entidad bancaria deba acreditar que ha facilitado la información de manera correcta y adecuada: transparente.  

Las acciones en defensa de los afectados buscan obtener un pronunciamiento a su favor respecto de un asunto que ya se está resolviendo favorablemente a los consumidores. Para obtener idénticos beneficios, los afectados, pueden plantear su reclamación y hacer valer sus derechos judicialmente. Aquellos que obtengan la tutela favorable de los tribunales recibirán también las cantidades indebidamente pagadas, pero para ello necesitan que se declare la nulidad de la cláusula de su contrato, no basta con una declaración genérica, y deben cumplir unos requisitos en el modo de comercialización que establece la Sentencia del Tribunal Supremo. En aplicación de dicha doctrina se han dictado varias sentencias posteriores a la resolución del TS que anulan las cláusulas e imponen a las entidades la restitución de los intereses pagados indebidamente por los afectados.

¡CONSULTE CON NOSOTROS DE FORMA TOTALMENTE GRATUITA!

MARCOS MUNICIO GONZÁLEZ-QUIJANO
ABOGADO 
C/ Sta. Joaquina de Vedruna, nº 4, 4º J. Cáceres - 927 21 44 82 (Tel. y Fax) / 628429530
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martes, 30 de diciembre de 2014

INFORMA EMPRESAS 30.12.2014


MUNICIO ABOGADOS


LOS EMPRESARIOS PODRÁN RECLAMAR LA NULIDAD DE LA CLÁUSULA SUELO CON TOTAL SEGURIDAD CONFORME A LA ÚLTIMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 2014 

Actualmente se está produciendo una corriente doctrinal entre los Tribunales que permite a los empresarios que hubiesen solicitado un préstamo hipotecario pedir la anulación de las denominadas cláusulas suelo, máxime tras la publicación de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 08.09.2014 que viene a incidir en los argumentos ya conocidos y establecidos por la previa y conocida Sentencia de 09.05.2013. 

Recordamos que la cláusula suelo es aquélla que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera estén por debajo. 

En la práctica judicial de los últimos meses, se viene observando una cierta equiparación de los consumidores con los empresarios, en lo referente al deber de los bancos de proporcionar una información estricta y rigurosa que cumpla los criterios de transparencia, claridad, concreción, y sencillez. 

Si bien antes estos criterios se entendía que no debían ser aplicables a las empresas y a sus directivos, por presuponerles conocimientos de expertos mercantiles, la jurisprudencia menor y recientemente el Tribunal Supremo está empezando a reiterar que la necesidad de información veraz y clara de los productos financieros tiene que extenderse igual y necesariamente a los empresarios, sean estos consumidores o no. 

Se incide también en la exigencia de que los operadores bancarios cumplan rigurosamente su obligación de informar correctamente, incluso a los empresarios, sobre las características de los productos de carácter financiero que comercializan, y con ello la cláusula suelo. Concretamente, el Tribunal Supremo exige a los bancos “un plus de información y de diligencia a la entidad financiera que los comercializa, diligencia que va mas allá de la genérica de un buen padre de familia, siendo la especifica del ordenado empresario y representante leal en defensa de los intereses de sus clientes”. 

Con estas premisas, que sustenta lo que parece confirmarse como un nuevo criterio jurisprudencial, ya es posible instar la nulidad de la cláusula suelo de los préstamos hipotecarios de las empresas, habiendo sido confirmados los argumentos por la reciente Sentencia, como hemos indicado, del Tribunal Supremo de fecha 08.09.2014. 

¡CONSULTE CON NOSOTROS DE FORMA TOTALMENTE GRATUITA!

MARCOS MUNICIO GONZÁLEZ-QUIJANO
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MUNICIO ABOGADOS, Despacho especializado en reclamaciones judiciales de CLÁUSULAS SUELO en Cáceres.

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Letrado D. MARCOS MUNICIO GONZÁLEZ-QUIJANO.

Especialista en RECLAMACIONES BANCARIAS Y DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES.



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