martes, 30 de diciembre de 2014

INFORMA EMPRESAS 30.12.2014


MUNICIO ABOGADOS


LOS EMPRESARIOS PODRÁN RECLAMAR LA NULIDAD DE LA CLÁUSULA SUELO CON TOTAL SEGURIDAD CONFORME A LA ÚLTIMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 8 DE SEPTIEMBRE DE 2014 

Actualmente se está produciendo una corriente doctrinal entre los Tribunales que permite a los empresarios que hubiesen solicitado un préstamo hipotecario pedir la anulación de las denominadas cláusulas suelo, máxime tras la publicación de la reciente Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 08.09.2014 que viene a incidir en los argumentos ya conocidos y establecidos por la previa y conocida Sentencia de 09.05.2013. 

Recordamos que la cláusula suelo es aquélla que establece un mínimo a pagar en las cuotas de la hipoteca aunque los intereses ordinarios que se han acordado con la entidad financiera estén por debajo. 

En la práctica judicial de los últimos meses, se viene observando una cierta equiparación de los consumidores con los empresarios, en lo referente al deber de los bancos de proporcionar una información estricta y rigurosa que cumpla los criterios de transparencia, claridad, concreción, y sencillez. 

Si bien antes estos criterios se entendía que no debían ser aplicables a las empresas y a sus directivos, por presuponerles conocimientos de expertos mercantiles, la jurisprudencia menor y recientemente el Tribunal Supremo está empezando a reiterar que la necesidad de información veraz y clara de los productos financieros tiene que extenderse igual y necesariamente a los empresarios, sean estos consumidores o no. 

Se incide también en la exigencia de que los operadores bancarios cumplan rigurosamente su obligación de informar correctamente, incluso a los empresarios, sobre las características de los productos de carácter financiero que comercializan, y con ello la cláusula suelo. Concretamente, el Tribunal Supremo exige a los bancos “un plus de información y de diligencia a la entidad financiera que los comercializa, diligencia que va mas allá de la genérica de un buen padre de familia, siendo la especifica del ordenado empresario y representante leal en defensa de los intereses de sus clientes”. 

Con estas premisas, que sustenta lo que parece confirmarse como un nuevo criterio jurisprudencial, ya es posible instar la nulidad de la cláusula suelo de los préstamos hipotecarios de las empresas, habiendo sido confirmados los argumentos por la reciente Sentencia, como hemos indicado, del Tribunal Supremo de fecha 08.09.2014. 

¡CONSULTE CON NOSOTROS DE FORMA TOTALMENTE GRATUITA!

MARCOS MUNICIO GONZÁLEZ-QUIJANO
ABOGADO 
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MUNICIO ABOGADOS, Despacho especializado en reclamaciones judiciales de CLÁUSULAS SUELO en Cáceres.

Abogados y Asesoría Jurídica en Cáceres

Letrado D. MARCOS MUNICIO GONZÁLEZ-QUIJANO.

Especialista en RECLAMACIONES BANCARIAS Y DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES.



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Si es Ud. un afectado por las cláusulas suelo impuestas por las entidades financieras, consúltenos de manera gratuita y sin ningún tipo de compromiso su caso y le daremos nuestra opinión.